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Nueve mujeres descendientes del Solar de Valdeosera han recurrido a la Justicia para reclamar su legítimo derecho a ser incluidas en esta institución nobiliaria, la más antigua de las existentes en España junto al también camerano Solar de Tejada, y transmitir este derecho a sus descendientes al igual que sus hermanos varones.
Las demandantes han presentado su reclamación ante el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Logroño. «Llevamos años peleando e intentando llegar a un acuerdo en las Juntas para que los deviseros nos integren. No ha sido posible acceder de forma amistosa, por lo que hemos emprendido la vía judicial», reseña Lucía Fernández de Tejada y Aguado, la primera demandante.
El Solar de Valdeosera se ubica en el término de San Román de Cameros y su origen se remonta a un privilegio otorgado por el rey Ramiro I en 844 por la ayuda prestada por el general Sancho de Tejada y sus trece hijos en la Batalla de Clavijo.
Fernández de Tejada y Aguado
Éste y otros privilegios posteriores, firmados por distintos reyes, reconocían el derecho de las mujeres a formar parte de este Solar en igualdad con los varones. El problema del litigio surge a partir de las Ordenanzas Viejas de 1571 de este Solar, que resuelven un pleito entre sus integrantes prohibiendo la inclusión de las mujeres en esta institución. Así determinaron que sólo serían señores de la misma sus hijos descendientes legítimos.
Desde entonces, sólo han accedido a formar parte del Solar de Valdeosera los hombres (cerca de 300 en la actualidad), ya que únicamente se recogió el masculino 'hijos dalgo' y 'señores'. Tras las Cortes de Cádiz de 1811, quedaron abolidos los señoríos jurisdiccionales y el Solar de Valdeosera quedó reducido a una propiedad particular, señorío territorial, devisa y condominio solariego. Pero no se reformaron sus antiguas Ordenanzas Viejas para adecuarlas a la nueva constitución y el texto quedó desactualizado legalmente. Las mujeres descendientes reclaman participar del mismo amparándose en la igualdad entre sexos que contempla la Constitución Española y la ley del orden de sucesión de títulos nobiliarios.
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