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El Ayuntamiento de Haro ya ha preparado la nueva ordenanza de terrazas, cuya aprobación inicial se llevará al Pleno municipal este martes. Concretamente, será la tercera modificación de la ordenanza municipal reguladora de la ocupación de terrenos de uso público por mesas, sillas y otros ... elementos con finalidad lucrativa (terrazas de veladores y quioscos de hostelería). Se trata de un asunto que ha aparecido en sucesivas ocasiones en los últimos plenos y que afectaría de forma especial a las plazas de la Paz y Juan García Gato.
La última ordenanza se aprobó en el mes de diciembre de 2020 y contó con el consenso de los hosteleros, pero posteriormente se dieron, según se apuntó en el pleno celebrado en julio por parte del Partido Popular de Haro, varios casos de hosteleros que proponían cerramientos que actualmente no estaban contemplados, por lo que se decidió modificarla de nuevo.
Después de muchos meses de trabajo, el borrador fue presentado a la comisión de servicios del Ayuntamiento y en él se concretan cuestiones como que únicamente se concederán licencias a establecimientos de carácter permanente y, en ningún caso, las vinculadas a ferias o festejos ocasionales.
Del mismo modo, detalla los requerimientos técnicos de obligado cumplimiento para estas instalaciones, como dejar libres los registros de servicio público o privado, pasos y vados; que no utilicen en ningún caso alcorques, troncos o ramas de árboles como soportes y que no dificulten las maniobras de los vehículos que accedan a sus garajes ni el tránsito peatonal por las aceras, entre otros.
Además, se contempla que el espacio susceptible de afección con terrazas de veladores anejas se reduce a 100 metros cuadrados y están obligadas a conformar un único conjunto.
En el nuevo texto también se hace referencia a las ya denominadas 'terrazas COVID' y en el mismo se acepta la ocupación de la calzada destinada a aparcamiento mediante terrazas de veladores, siempre que se cumplan las condiciones de accesibilidad del espacio a ocupar respecto de su entorno y bajo criterio municipal.
El nuevo texto también especifica algunas características que debe cumplir el mobiliario urbano, como la estructura de las sombrillas o los toldos en cada una de las localizaciones de la terraza en cuestión.
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