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TOni caballero
Lunes, 16 de septiembre 2019, 19:55
De Calahorra a Miranda de Ebro, pasando por la lavadora. Ese fue el recorrido que hizo un billete premiado de la lotería de Navidad del 2016. Tres años después de aquello, la Justicia le ha dado la razón a la vecina de la localidad castellanoleonesa ... y le reconoce la condición de única titular sin cobrar su décimo, condenando a la SELAE a abonarle 50.000 euros, más intereses. Una curiosa historia que recogen, como se expone a continuación, en EL CORREO.
Todos hemos soñado alguna vez con ganar la lotería de Navidad, de hecho, seguro que han llegado a imaginar la situación derivada de perder un décimo premiado; la ansiedad, el nerviosismo y la desesperación. Pues bien, una experiencia similar, pero con final feliz, le ha tocado vivir a una vecina mirandesa que ha preferido salvaguardar su anonimato en las siguientes líneas.
Corría octubre de 2016 cuando la protagonista, que regenta un establecimiento hostelero en la ciudad, recibió un décimo para el sorteo de lotería de ese mismo año. El boleto, correspondiente al número 78.748, le fue entregado por un conocido que, junto a otros tres décimos, había sido adquirido en el municipio riojano de Calahorra, al cual había llegado procedente de una pequeña administración sita en la pequeña localidad navarra de San Adrián.
Una vez hubo recibido el décimo en su establecimiento, delante de sus compañeros y en plena jornada de trabajo, la propietaria tomó la fatídica decisión de guardar el boleto en el bolsillo central del delantal de cocina que habitualmente la atavía. El olvido propició que la prenda, con el décimo en su interior, fuese directamente a la lavadora una vez finalizó la jornada laboral. Procedimiento que posteriormente llegó a repetirse hasta en cinco ocasiones.
El 22 de diciembre de 2016 llegó de la mano con la celebración del sorteo. Sobre las 12.00 horas, el azar quiso que el número 78.748 fuese agraciado con el tercer premio del sorteo, que reparte 50.000 euros a cada décimo. Los cuatro titulares de los décimos de lotería adquiridos en Calahorra se comunicaron telefónicamente tras conocer la noticia. Para celebrar su buena fortuna, se citaron en el local de la mirandesa premiada esa misma mañana.
«Fue un nerviosismo total ver que no lo encontraba. Era una sensación de frustración en aumento, con todas las veces que había jugado a la lotería y perder el décimo la única vez que me tocaba. El día del sorteo estuve con las otras cuatro personas buscándolo por mi casa y la cocina del local, removimos todo», señala la propietaria.
Antes de cumplirse el tercer mes desde la celebración del sorteo, la fecha límite para realizar la reclamación de un premio ante la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE), y con los otros tres boletos calagurritanos ya cobrados; la ciudadana mirandesa decidió poner en conocimiento lo sucedido ante la sociedad y cursar su primera reclamación, que fue desestimada al no aportarlo físicamente.
Poco después de recibir la primera denegatoria, apareció el décimo en el bolsillo del delantal, el problema es cómo lo hizo: reducido a fragmentos de pulpa de papel. La propietaria no perdió la esperanza y decidió remitirlos de nuevo a la SELAE. Tras la emisión de la segunda reclamación, se inició el protocolo estipulado y los fragmentos fueron enviados a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, encargada de la fabricación de los décimos de la lotería, para que emitiese un informe. Ésta concluyó que los restos sí pertenecían a un décimo de lotería, así como que no era posible reconocer ni el número, ni la serie, ni la fracción a la que pertenecían. Por lo que la SELAE se mantuvo en su denegación del premio.
Segundo mazazo para la titular del décimo que, lejos de tirar la toalla, acudió a diferentes despachos de abogados en busca de alguna posibilidad de cobrar su décimo. Varios decidieron declinar la opción dándola por imposible hasta que, en Adrián & Adrián Abogados, la transmitieron que existía una pequeña oportunidad. Héctor Adrián fue el encargado de la defensa de la reclamante ante la SELAE.
Analizada la jurisprudencia, especialmente del Tribunal Supremo, durante el estudio de viabilidad del caso; se encontraron 9 casos desde 1956 en los que se flexibilizaba el contenido del artículo 18 y se reconocía la posibilidad de probar la titularidad sobre un décimo premiado y acceder a su cobro sin presentarlo físicamente.
«Contábamos hasta con 9 testigos que afirmaron la titularidad de nuestra clienta. Tuvimos que identificar la serie y la fracción que queríamos cobrar a ciegas. Lo hicimos por descarte, confiando en que únicamente quedase un décimo del 78.748 sin cobrar», subraya Adrián.
Finalmente, el 24 de junio de 2019, el Juzgado de Primera Instancia 63 de Madrid dictó sentencia mediante la que reconocía a la mirandesa la condición de única titular sin cobrar su décimo, condenando a la SELAE a abonarle 50.000 euros, más intereses, tres años después.
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