El acusado de matar a María Vanesa, un día del juicio a la entrada del juzgado. / JONATHAN HERREROS
Justicia

El juez condena a Borja Morillo a 20 años de cárcel por el asesinato de Vanesa

El acusado debera indemnizar a su propia hija con 150.000 euros y con otros 12.000 al padre de Vanesa

EFE

Martes, 4 de diciembre 2012, 19:23

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La Audiencia Provincial de La Rioja ha condenado hoy al expolicía B.M.M. a 20 años de prisión como autor del asesinato de su exmujer, la también policía nacional Vanesa Ávila, cuyo cadáver apareció en el río Ebro hace tres años.

El presidente de esta Audiencia, Alfonso Santisteban, ha leído el fallo de la sentencia, que tiene 90 folios, por el juicio celebrado entre los pasados 6 y 15 de noviembre con un tribunal popular, que le declaró culpable de la muerte intencional y con alevosía de su exesposa.

La sentencia considera que B.M.M. es autor de un delito de asesinato con alevosía y con la agravante de parentesco y le condena a pagar una indemnización por daños morales de 150.000 euros a la hija que tiene en común con la víctima y otra de 12.000 al padre de su exmujer.

El juez no se ha pronunciado sobre la patria potestad de esta menor, que ostenta el acusado, y le ha condenado a pagar las costas de las acusaciones popular y particular y de la Abogacía del Estado.

El fallo judicial detalla que la pareja se separó en 2008, después de seis años de matrimonio y una hija nacida en 2006, cuya guarda y custodia cedió la madre a su exmarido.

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El acusado se trasladó desde Granada a La Rioja, donde tenía una vivienda en propiedad, y un año después, Vanesa pidió el traslado a la Jefatura de Policía Nacional en Logroño para estar más cerca de su hija.

El magistrado considera probado que la mujer decidió proponer al acusado compartir la custodia de la hija común, lo que le comunicó por teléfono el 30 de octubre de 2009.

Como no estaba "conforme" con esa decisión, el procesado se trasladó al domicilio de Vanesa en la localidad de Lardero, "en cuyo interior y después de haber conversado con ella" sobre el cambio de la custodia y sin llegar a convencerla, "decidió darle muerte".

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Para ello, según relata la sentencia, B.M.M. "de manera sorpresiva atacó a Vanesa, de modo que esta no pudo defenderse" y le asfixió "hasta que pereció".

Después, "con el fin de dificultar la investigación y, así, eludir su responsabilidad por la muerte de Vanesa Ávila, decidió deshacerse de su cuerpo, ocultándolo temporalmente en el trastero del garaje, al que tenía acceso, lo mismo que a la vivienda", ha subrayado la sentencia, facilitada a los medios de comunicación.

A primeras horas de la tarde noche de ese día, el procesado se trasladó con un vehículo a una zona no determinada del río Ebro, donde arrojó el cuerpo de su exmujer, que apareció el 15 de noviembre de 2009 a su paso por la localidad alavesa de Baños de Ebro, detalla el fallo judicial.

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Añade que el acusado, en la fecha de los hechos, "no presentaba ninguna alteración de sus facultades intelectivas o volitivas que le impidiesen conocer la ilicitud y significado del hecho".

La sentencia recoge los testimonios de familiares y amigos de la víctima, a quienes relató que se desplazó a Logroño para conseguir la custodia compartida de la niña, para lo que planeaba alegar haber sufrido "maltrato psicológico" por parte del acusado.

En un correo electrónico enviado a un amigo, Vanesa Ávila le relató que tenía "la impresión de que ha comenzado un proceso en el que B.M.M." pretendía eliminarle de la ecuación "y, desgraciadamente, con él, o se reacciona al segundo o estás perdido".

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Además, detalla la declaración espontánea que hizo el acusado en la comisaría ante cuatro policías, a quienes les contó que "después de haber discutido con ella, decidió ir a Lardero y allí siguió discutiendo".

Según explicó a los agentes, en un momento de la discusión, él se metió en el baño y ella fue detrás de él, por lo que la empujó, se cayó para atrás y se golpeó en la bañera.

Después, al comprobar que había perdido el sentido, la sacó al salón y abrió la ventana, pero al ver que no respiraba, B.M.M. declaró que se asustó y decidió deshacerse del cuerpo y sus enseres personales, que metió en grandes bolsas de basura y dejó en el trastero, además de fregar bien todo el salón y tirar la fregona.

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Sobre las dos de la mañana volvió a la casa de su exmujer, cogió el cadáver y lo tiró al río, pero, para "dificultar la investigación", dijo a la Policía que la había tirado al río Ebro junto a la depuradora de Logroño, de acuerdo con la sentencia.

Según el juez, el principal "motivo" del acusado para "decidir dar muerte a la víctima" fue su decisión de solicitar la custodia compartida, así como "la pérdida del control que ejercía" sobre ella, que "imposibilitaría su pretensión de reanudar la relación".

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Además, cree que la causa de la muerte fue la "asfixia" por la experiencia profesional en técnicas de defensa y ataque personal del acusado y la ausencia de lesiones externas e internas en el cadáver.

Las autopsias también revelaron que "no había signos de violencia física sobre el cadáver" y que la muerte no fue accidental ni consecuencia de un suicidio.

Tras la lectura del fallo, el abogado de la acusación particular, que representa al padre de la víctima, ha declarado a los medios de comunicación sentirse "satisfecho" con la sentencia y ha detallado que una letrada de Granada se encargará de solicitar allí la patria potestad de la menor para el abuelo materno.

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La defensa del procesado ya ha anunciado que va a interponer un recurso de apelación, ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, para lo que cuenta con un plazo de diez días.

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