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La rioja

La captura de verderón, verdecillo, jilguero y pardillo, los días 14, 20, 21, 27 y 28 de octubre y el 1, 3 y 4 de noviembre

El Gobierno riojano ha suprimido la opición de apresarlos en septiembre

PPLL

Lunes, 20 de agosto 2012, 13:52

El Boletín Oficial de La Rioja (BOR) publica hoy estas normas de tenencia de aves fringílidas para el perfeccionamiento de su canto o belleza, que considera una actividad cultural tradicional en La Rioja y se concentra en las especies verderón, verdecillo, jilguero y pardillo.

Estos animales solo pueden ser adquiridos por captura en estado silvestre, ya que la cría en cautividad no está suficientemente desarrollada como para permitir un suministro amplio y continuo, ha añadido el Gobierno regional en una nota.

Por ello y con carácter excepcional, la Consejería de Medio Ambiente ha autorizado, en condiciones estrictamente controladas y de modo selectivo, la captura en vivo y tenencia de ejemplares de aves fringílidas silvestres en pequeñas cantidades.

Esa captura se permite solo con el fin de su cría en cautividad y el perfeccionamiento de su canto o de su belleza; además de que las autorizaciones se dirigen exclusivamente a los miembros de sociedades de canaricultores y pájaros de canto legalmente constituidas y registradas.

La temporada constará de ocho días hábiles, cuatro menos que el año pasado, que serán el 14, 20, 21, 27 y 28 de octubre y el 1, 3 y 4 de noviembre; mientras que se ha eliminado del calendario el periodo de capturas de septiembre.

El cupo de aves que se puede capturar y retener fijado este año para La Rioja por la Comisión Estatal de Patrimonio y la Biodiversidad es de 4.322 ejemplares, de los que 1.702 son jilgueros, 1.006 pardillos, 806 verderones y 808 verdecillos.

La cifra global representa un reducción aproximada del 53 % de los ejemplares capturados y retenidos en la anterior campaña, ha indicado el Gobierno regional.

El cupo por persona autorizada y día es de ocho ejemplares, con un máximo de cuatro jilgueros; y se podrán capturar tanto machos como hembras.

En el caso del número máximo de aves que se podrán retener por cada titular al final de la temporada, es de cuatro jilgueros, dos pardillos, dos verderones y dos verdecillos; mientras que el resto de ejemplares capturados y no retenidos deberá ser devuelto al medio natural.

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