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Panorámica del Monte Corvo, donde está proyectada la ecociudad. /ALFREDO IGLESIAS
La Abogacía del Estado concluye que el proyecto de la ecociudad suscita «dudas jurídicas»
REGIÓN

La Abogacía del Estado concluye que el proyecto de la ecociudad suscita «dudas jurídicas»

El informe solicitado por la Delegación de Gobierno cuestiona la declaración de interés supramunicipal del Monte Corvo

LA RIOJA

Lunes, 14 de septiembre 2009, 10:25

La Abogacía del Estado ha emitido a instancias de la Delegación de Gobierno de La Rioja un informe jurídico no vinculante respecto al proyecto de Zona de Interés Regional (ZIR) 'Ecociudad-Monte Corvo' que promueve el Gobierno de La Rioja. El análisis, firmando por Enrique de la Iglesia Palacios, concluye que la iniciativa «suscita dudas sobre su conformidad con el ordenamiento jurídico» en vista a los litigios pendientes. «No puede obviarse la incertidumbre que genera que se hallen sometidos a enjuiciamiento tanto la norma legal que exonera a la Administración autonómica de la obtención de licencia municipal para las obras de ejecución del proyecto, como la declaración de interés supramunicipal del mismo», concluye el informe.

Al margen del fallo de los recursos presentados entre otros por el Ayuntamiento de Logroño y la CPAR, los servicios jurídicos del Estado recogen en su argumentario diversas sentencias del Tribunal Constitucional y del Supremo en relación a la autonomía municipal y la capacidad de los ayuntamientos para la gestión de sus respectivos intereses. Entre otras referencias, la Abogacía alude a la que indica que «la ordenación del territorio municipal es tarea que fundamentalmente corresponde al municipio (...) y la intervención de otras administraciones se justifica sólo en la medida en que concurran intereses de carácter supramunicipal o controles de legalidad que, de conformidad con el bloque de la constitucionalidad, se atribuyen a las administraciones supraordenadas sobre las inferiores». El informa recuerda también que la graduación de la intensidad de la participación del municipio debe guiarse por la relación entre intereses locales y supralocales. «Cuanto más nítido sea el alcance local de las determinaciones del planeamiento, más intensa deberá ser la intervención del municipio en su elaboración y aprobación», concluye.

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