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A. TORICES
Jueves, 20 de diciembre 2007, 10:07
Las organizaciones del entorno de ETA, sobre todo la coordinadora KAS y su sucesora Ekin, no son simples grupos «satélites» de la organización, sino las «entrañas» y el «corazón» mismo de la banda terrorista. Así lo asegura la Audiencia Nacional en una sentencia en la que condena a 525 años de cárcel a 47 miembros de este conglomerado por delitos de terrorismo. El fallo señala que Xaki es el «Ministerio de Asuntos Exteriores» de la banda, que el periódico 'Egin' fue su «frente mediático» y concluye que la Fundación Josemi Zumalabe no es ETA, pero puso toda su estructura de desobediencia civil de forma «decisiva» al servicio de la estrategia y los fines de la organización armada.
La resolución aplica por primera vez la doctrina que fijó el Tribunal Supremo en la sentencia sobre Jarrai, en la que admitió que se puede ser miembro de una organización terrorista sin que para ello sea preciso pegar tiros, secuestrar o colocar bombas. Esta nueva definición de terrorismo, acuñada en la década de los noventa por el juez Baltasar Garzón y el fiscal Enrique Molina, puede ser vital en los siguientes juicios contra el entorno de ETA (Udalbiltza, Gestoras y Batasuna), en los que se sentarán en el banquillo casi un centenar más de imputados.
La resolución dada a conocer ayer -1.182 páginas- explica que KAS y Ekin son en realidad la dirección de uno más de los frentes de ETA, el 'frente de masas', que junto a los frentes 'militar' y 'político' completan la estructura de la banda. KAS, sometido a las órdenes del Comité Ejecutivo de ETA como el resto de los frentes, tiene, según los magistrados, un papel de «vital importancia» para la organización terrorista, pues permite «la acumulación» de la fuerza de múltiples asociaciones sociales, vecinales, juveniles, sindicales, políticas, culturales, ecologistas y feministas del País Vasco y Navarra y las coordina según los intereses de la banda.
KAS, desmantelada en 1998 por el juez Garzón, fue sustituida un año después por Ekin, que no es más que la misma coordinadora «disfrazada, bajo un manto de aparente legalidad». La magistrado presidenta del tribunal y redactora de la sentencia, Ángela Murillo, asegura que hay «multitud de poderosas pruebas» que demuestran que ETA y KAS son una sola cosa, entre ellas numerosos documentos incautados a la cúpula de la banda.
Entre otras cosas, los documentos señalan que el «frente de masas» es fundamental para el Comité Ejecutivo durante las sucesivas treguas, porque con la movilización social y la violencia callejera «mantiene la presión (sobre el Gobierno) mientras no se usan las armas».
La magistrado recuerda que una imagen vale más que mil palabras y recupera la portada del 'Zutabe' número 69 de ETA que incluye una trainera de KAS patroneada por un etarra, que, gracias a las órdenes del pistolero y a la coordinación de todos los remeros, parte por la mitad la barca de la Constitución Española.
La resolución también desvela que el tesorero de KAS hasta 1997, Vicente Askasibar, era el encargado de pagar los «sueldos y gastos» de los dirigentes «liberados» de la organización, entre los que estaba el ex portavoz de Batasuna Arnaldo Otegi, que está procesado en el sumario Batasuna como dirigente de ETA.
«Frente mediático»
Los jefes de KAS como Xabier Alegría o José Antonio Etxeberria eran los encargados también de controlar el «frente mediático» de la banda, el diario 'Egin'. El tribunal zanja que el diario actuaba bajo las órdenes de ETA, que fue la banda quien nombró a varios de sus directores y subdirectores, y que dirigentes de Ekin como Txema Matanzas -también responsable de la estrategia de presos- señalaron objetivos terroristas desde la páginas del diario.
Sobre Xaki, la sentencia indica que era el 'aparato de relaciones internacionales' de ETA, encargado de buscar aliados y apoyos internacionales para la estrategia de la banda.
Tras las conversaciones de Argel en 1989, ETA se dio cuenta que no había sido capaz de crear un estado de opinión internacional favorable a sus posiciones frente al Gobierno español.
El tribunal ha adoptado una decisión inusual, deducir testimonio de las intervenciones en el juicio de los abogados defensores Jone Goirizelaia y José María Elosua al juzgado de guardia de la Audiencia Nacional para que investigue si son constitutivas de delito. Cree que pudieron imputar a miembros de la Guardia Civil «la comisión de delitos dolosos y graves en el ejercicio de sus funciones».
La sentencia ratifica la ilegalización KAS, Ekin y Xaki, ordena su disolución y la liquidación de sus bines.
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