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La nueva regulación del servicio doméstico hará aflorar 3.500 empleos en La Rioja
REGIÓN

La nueva regulación del servicio doméstico hará aflorar 3.500 empleos en La Rioja

El cambio del régimen de cotización equipara a los empleados de hogar al resto de los trabajadores

MARÍA JOSÉ GONZÁLEZ

Lunes, 2 de enero 2012, 11:26

Desde ayer, 1 de enero, los 1.742 trabajadores dados de alta en el régimen especial de Empleados de Hogar deberán pasar a cotizar en un apartado específico dentro del régimen general, un cambio jurídico que les confiere los mismos derechos de los que ya disfruta el resto de los trabajadores. El objetivo de la reforma es hacer aflorar el empleo sumergido que existe en este sector en el que, según diferentes estudios, dos de cada tres empleados (unas 3.500 personas en La Rioja) no cotizan a la Seguridad Social.

Con la entrada en vigor de esta nueva normativa se moderniza la relación laboral del servicio en el hogar familiar que hasta ahora se regía por una ley de 1985. Asimismo, los legisladores avanzan en el cumplimiento a la sexta recomendación emanada del Pacto de Toledo (1995), que propuso la integración de los regímenes especiales de la Seguridad Social (entre ellos, el de los trabajadores domésticos), eliminándolos de manera gradual hasta confluir en dos: trabajadores por cuenta ajena y trabajadores por cuenta propia.

La integración en el régimen general implica que estos trabajadores cobrarán en metálico al menos el salario mínimo interprofesional (congelado el próximo año en 641,4 euros al mes) y que la jornada máxima semanal será de 40 horas.

La nueva ley establece que en los casos en los que se pague en especie al trabajador (alojamiento o manutención) estos conceptos se podrán descontar del sueldo siempre que no superen el 30 % del salario total. El empleado tendrá derecho a dos pagas extraordinarias completas (treinta días), en lugar de las dos medias extras que cobraba hasta el momento. Sin embargo, no tendrá derecho a percibir el paro, algo que ha quedado pendiente para ser negociado en el 2013.

Según las explicaciones facilitadas hace unas semana por el ya exdelegado del Gobierno, José Antonio Ulecia, durante la presentación de la nueva regulación laboral, la reforma aspira a aflorar el empleo sumergido que existe, ya que dos de cada tres empleados (unas 3.500 personas en La Rioja) no están dados de alta en la Seguridad Social. Ulecia añadió que una vez que el nuevo marco legal sea explicado por todas las comunidades, las inspecciones de trabajo «perseguirán» la economía sumergida.

Claro que para que ese objetivo se logre será fundamental que los empleados domésticos reclamen ante la Inspección de Trabajo, porque los inspectores no pueden visitar casa por casa ya que el domicilio es inviolable (salvo autorización del propietario o mandato judicial), aunque para estos trabajadores sea su centro de trabajo. Eso sí, conforme a las reclamaciones que se presenten, lo que los inspectores sí pueden hacer es citar a los empleadores para que den cuenta de la situación en la que se encuentran sus empleados.

Porque, de la misma forma que la nueva regulación amplía los derechos para los trabajadores de hogar, el nuevo sistema impone importantes obligaciones a los cabezas de familia que contratan a estos trabajadores. Por ejemplo, darles de alta en la Seguridad Social en todos los casos, incluso aunque trabajen para otras familias, ya que a efectos de cotización se cuenta desde la primera hora.

No obstante, y para adaptarse a los cambios, la Ley otorga seis meses para que los empleados y los titulares de los hogares familiares puedan adaptarse. Eso sí, la integración debe ser total el 1 de julio de este año.

Quince tramos

La cotización queda establecida en una escala tarifada de quince tramos en función de los salarios percibidos, con cuotas que van desde 19,84 euros al mes por 20 horas de trabajo, a la máxima de 164,6 euros al mes para la jornada completa. A partir del 2019, la equiparación con la base mínima de cotización de régimen general será plena. Para este año, el tipo de cotización es del 22% (18,3% el empleador y 3,7% el empleado), y hasta el 2014 incluido, y como incentivo a los cabezas de familia, habrá bonificaciones del 20% en las cuotas sociales, que llegarán hasta el 45% para familias numerosas.

En caso de baja de la actividad laboral, a partir del noveno día correrá a cargo de la Seguridad Social, mientras los empleadores pagarán desde el cuarto día hasta el octavo.

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