Borrar
Entre Hernández y Arribas, sin pasar por Salarrullana
TRIBUNA

Entre Hernández y Arribas, sin pasar por Salarrullana

«La Ordenanza de la convivencia ciudadana tenía un nombre más largo: Ordenanza municipal de fomento de la convivencia, de las conductas cívicas y de la protección de los espacios públicos. Curioso: han dejado lo único que no responde a su contenido»

CARLOS ÁLVAREZ

Jueves, 18 de noviembre 2010, 01:41

M Cuando tienes ante ti una ordenanza titulada así, piensas que va a ahondar en ese concepto tan noble y republicano de ciudadanía, de la formación y consolidación del mismo, de los mecanismos de participación ciudadana e implicación en la cosa pública, de corresponsabilidad y cogestión de servicios, de fomento del asociacionismo., crees que te vas a encontrar con una norma en positivo e ilusionante. Pero desde la exposición de motivos te lo dejan claro: «El objeto de esta ordenanza es el de preservar el espacio público como lugar de convivencia y civismo [.] Es decisión de este Ayuntamiento minorar y eliminar los actos incívicos de nuestra ciudad y a tal fin es necesario disponer de un texto normativo».

Podemos estar de acuerdo en que a quien molesta hay que sancionarle, pero el caso es que no es de eso de lo que trata el título de la ordenanza. Reducir la convivencia ciudadana a un catálogo de actuaciones prohibidas es un desprecio demasiado expreso al propio concepto de convivencia.

. Si ya sólo hay que ver qué prohibimos y qué multa ponemos para «preservar el espacio público», habrá que regular aquellas actividades que más erosionan la condición de ámbito de convivencia que queremos dar al espacio público. Y ahí hay pocas dudas: la publicidad comercial y el tráfico.

Marquesinas , autobuses, quioscos de prensa, cabinas telefónicas, vallas comerciales, báculos de hora y temperatura, báculos de pilas, nuevos báculos de por que sí, grandes y feos como ellos solos... El ágora, el foro, el espacio de la ciudad donde lo privado deja lugar a lo público, donde radica el alma de la propia ciudad, lo hemos trasladado directamente al hipermercado, y nos hemos traído a éste hasta el zaguán de nuestro propio portal. La calle ya no parece ser un espacio de fomento de la convivencia sino de fomento del consumismo, es como una revista del pero a lo grande.

Y qué decir del tráfico. Ruido, peligro, humos, estrés. La única referencia al mismo que hace la ordenanza es el art.13.5: «Los ciclistas deberán adoptar un comportamiento cívico al circular por el término municipal.» ¡Ya es recochineo!, como si las bicis fueran los vehículos que más perturban la convivencia, como si a los ciclistas fuera a los únicos que hay que presuponerles comportamientos incívicos.

La ordenanza tiene auténticas perlas. Menciono sólo alguna, repertorio años 50: Art.6.c) «Toda persona se abstendrá particularmente de realizar prácticas abusivas, arbitrarias o discriminatorias o que conlleven violencia física o coacción moral, psicológica o de otro tipo»; Art.6.d) «Es un deber básico de convivencia ciudadana tratar con respeto, atención y consideración especiales a aquellas personas que, por sus circunstancias personales, sociales o de cualquier otra índole, más lo necesiten». ¿De verdad hace falta que nos digan desde una ordenanza municipal que no hay que pegar a la gente por la calle y que hay que tratar a los ancianos con consideración?

Por no hablar de la exigencia de autorización expresa para que cualquier asociación ponga una mesa informativa en la calle, que huele demasiado a la censura previa expresamente proscrita en el artículo 20 de nuestra Carta Magna. Aunque la que más me gusta es ésta: Art.13.2: «Se prohíbe la práctica en la vía pública [.] de actividades (que) pongan en peligro la seguridad de las personas [.] No será aplicable esta prohibición en los casos en que se hubiera obtenido autorización previa».

En el Pleno de aprobación, la concejal hizo hincapié en que, en lo que va de año, tanto los educadores medioambientales como la Policía Local habían abierto 583 expedientes por conductas inapropiadas de ciudadanos. Teniendo en cuenta que en un estado de derecho no se puede sancionar algo que no esté tipificado deducimos que, si se han abierto esos expedientes es, precisamente, porque la normativa que permite que sean abiertos ya existe. Pero es más importante detallar otro hecho: teniendo en cuenta la enorme diversidad de actuaciones punibles (arrancar una flor, no recoger la caca del perro, poner alto el volumen de la radio, tirar papeles...) esos 583 expedientes en una ciudad de 153.000 habitantes son una auténtica nimiedad (compárese, por ejemplo, con las decenas de miles de sanciones de tráfico y los más de dos mil accidentes).

Ordenanzas de limpieza, animales, zonas verdes, publicidad, ruidos ... no parece que el comportamiento ciudadano esté falto de regulación, ¿alguien podía pensar que mear en la calle, romper farolas o molestar con ruidos no estaba ya prohibido? Esta nueva ordenanza entra en conflicto absolutamente con todas las anteriores, tipificando de formas muy diversa los mismos comportamientos y sancionándolos con multas muy dispares.

Y, como no podía ser de otro modo, una ordenanza así de chiripitifláutica cuenta con un perfecto colofón. Disposición adicional: «La presente ordenanza tendrá carácter supletorio de aquellas otras ordenanzas municipales que regulen la materia de manera más específica». Disposición transitoria: «... el resto de las ordenanzas se aplicarán con carácter supletorio». La supletoriedad de lo supletorizado. Groucho en estado puro.

Los miembros del Tribunal del proceso de las brujas de Zugarramurdi estarían encantados de comprobar que el espíritu inquisitorial permanece vivo en esta tierra y que no reside únicamente en Vara de Rey, 3. En las jornadas que se acaban de celebrar se ha hecho hincapié en la aplastante e intemporal conclusión a la que llegó Alonso de Salazar: «No hubo brujos ni embrujados hasta que se empezó a hablar de ellos».

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

larioja Entre Hernández y Arribas, sin pasar por Salarrullana