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Dos policías vigilan a unos inmigrantes detenidos en Ceuta. :: EFE
El Defensor del Pueblo se enfrenta a Interior por los arrestos de los 'sin papeles'
ESPAÑA

El Defensor del Pueblo se enfrenta a Interior por los arrestos de los 'sin papeles'

Acusa al Ministerio de dictar órdenes que podrían desembocar en «arrestos masivos» de inmigrantes

MELCHOR SÁIZ-PARDO

Domingo, 14 de noviembre 2010, 02:13

El Defensor del Pueblo ya tiene un primer dictamen sobre la polémica circular 1/2010 de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras de la Policía que da 'luz verde' a los policías a hacer redadas masivas de inmigrantes irregulares y que el Ministerio del Interior, a pesar de las críticas de abogados y sindicatos del cuerpo, se ha negado a modificar o a matizar. Y ese dictamen es, sobre todo, un duro rapapolvo a los juristas del departamento que dirige Alfredo Pérez Rubalcaba: esas «confusas», «ambiguas» y «desordenadas» (sic) instrucciones para la captura de extranjeros «podrían interpretarse como una vía libre a detenciones preventivas sin fundamento» de inmigrantes.

La controvertida circular, fechada el pasado 25 de enero y que lleva la calificación de 'secreta', ordena a los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía la «detención preventiva» de cualquier inmigrante, documentado o indocumentado, que no pueda demostrar en el momento que se encuentra en situación regular en España.

La institución que preside en funciones María Luisa Cava de Llano es contundente en sus críticas al escrito tras analizar la circular y conocer la versión del Ministerio del Interior y del grupo de abogados que denunciaron ante el organismo el contenido del documento. «En efecto, considera esta Institución (el Defensor) que la manera en que determinadas expresiones de la circular están redactadas suscitan serías dudas interpretativas que podrían conducir de hecho a una restricción indebida de los derechos de los inmigrantes».

Advierte el Defensor a la Policía de que la Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana (la 'ley Corcuera') y la ley de Extranjería que invoca el Ministerio Interior sólo faculta a los agentes a «detenciones cautelares» (no «preventivas» como las califica la Comisaría de Extranjería) en el caso de que el extranjero no tenga ningún documento de identidad, no que el inmigrante no esté en posesión de un documento que «acredite la legalidad de su estancia». Sin embargo, Interior da luz verde a los policías para que realicen «detenciones preventivas» de cualquier irregular, pueda o no demostrar quién es.

La instrucción -asegura el Defensor- «mezcla varios conceptos con cierto desorden», provocando una «ambigüedad que podría favorecer de hecho detenciones masivas» de inmigrantes. «La redacción de la circular es ambigua, pues podría interpretarse que cabe el traslado (a la comisaría) aún cuando el ciudadano estuviese identificado. Y esto no es conforme a Derecho», denuncia con rotundidad la institución.

Lección de Derecho

No quedan ahí los reproches de los juristas del Defensor del Pueblo al departamento que dirige Pérez Rubalcaba por la falta de rigor legal en sus órdenes. «Confunde aún más (la instrucción) cuando habla a continuación de que el traslado a comisaría puede producirse en calidad de detenido o bien a efectos de identificación, siendo aquella calidad la propia de la detención preventiva», explica el escrito de cuatro páginas del organismo público fechado el pasado 27 de octubre.

La institución, habitualmente muy moderada en sus críticas a los organismos del Estado, dice verse en la obligación de recordar a los mandos del Cuerpo Nacional de Policía una lección de Derecho: que ese arresto «preventivo» es una figura que sólo se contempla en la «Ley de Enjuiciamiento Criminal», por lo que «es evidente que este traslado (a comisaría) sólo puede producirse en caso de delito, pero al no decirse expresamente en la circular podría interpretarse como una vía libre a detenciones preventivas sin fundamento».

El informe jurídico de la institución recuerda también al Ministerio del Interior que un arresto «preventivo» nunca podría estar fundamentado en una infracción administrativa (una falta) como sería de la de no estar en posesión de un documento que acredite la identidad o residir de manera irregular en España. Dentro de su labor pedagógica a los letrados de Interior, el Defensor del Pueblo insiste en que las detenciones preventivas «son diferentes a las detenciones cautelares administrativas de la Ley de Extranjería en el marco de un procedimiento de expulsión ya en curso», por lo que no cabrían los arrestos de extracomunitarios, aunque no tengan papeles, «antes de que se inicie dicho procedimiento de expulsión».

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