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CULTURA

PAGA EL CONSUMIDOR

JUAN VARELA

Viernes, 22 de octubre 2010, 04:14

Los particulares pagarán el canon. Empresas, profesionales y administraciones, no. Si la sentencia europea es ratificada por la Audiencia de Barcelona se remedia media injusticia, pero los consumidores seguirán obligados a abonar por la copia privada aunque utilicen los equipos y dispositivos gravados por el canon para sus propios contenidos o para los no sometidos a derechos de autor como los de dominio público. En una sociedad de autores, cuando los ciudadanos usan cada vez más dispositivos y soportes digitales, la presunción del Tribunal de Justicia de la UE de que «la mera capacidad de dichos equipos o aparatos para realizar copias basta para justificar la aplicación del canon» es un insulto a los derechos de los ciudadanos.

El consumidor siempre paga y es condenado pese a la pulsión del hiperconsumo provocado por la propia industria del entretenimiento. El fallo confirma el abuso cometido en la Ley de Propiedad Intelectual. La injusticia de un doble pago que no detiene la revolución tecnológica, cultural y de consumo ni la crisis de las industrias basadas en la copia. Vivimos en un mundo de ubicuidad, donde contenidos y obras están por todas partes disponibles en soportes físicos, pero también en 'la nube' (cloud computing), se accede a ellas cada vez más por 'streaming' (sin descarga) y aumenta día a día la oferta financiada por publicidad a cambio de los datos personales o con modelos de suscripción de pago. Las sociedades de gestión y los gobiernos ya buscan alternativas al sistema actual para evitar la avalancha de compradores pidiendo factura a nombre de empresas, lo que provocaría un colapso en las tiendas y en el propio sistema del canon. Sin canon de administración y empresas, los principales paganos, los ingresos por derechos de autor se reducirán. Por eso se promueven alternativas como una tasa sobre Internet o un nuevo impuesto para compensar a los autores. Evasivas para no repensar con seriedad la propiedad intelectual y los derechos de autor, necesitados de un consenso que no grave la copia privada ni su uso justo. Donde el disfrute de los contenidos legalmente adquiridos sea un derecho de los consumidores. Sin recargo en el PVP.

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