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V. SOTO
Lunes, 12 de abril 2010, 11:55
Antonio Machín escribió en su canción 'Corazón loco' aquello de «cómo se puede querer a dos mujeres a la vez y no estar loco» recreándose en las contradicciones del corazón. Tal vez se puedan entender o compartir sus explicaciones, sin embargo, en España está penalmente condenado no el hecho de querer a dos mujeres al mismo tiempo, sino el de estar legalmente casado con dos personas diferentes.
El Juzgado de lo Penal número 2 de Logroño ha condenado a un boliviano de 43 años a seis meses de prisión por un delito de bigamia. Según recoge la sentencia, el imputado se casó en 1987 en Santa Cruz (Bolivia) y su matrimonio quedó inscrito en el Registro Civil del país andino. De la unión nacieron dos hijos, que se quedaron con la madre cuando él viajó a España. En el 2002, cuando ambos miembros de la pareja ya vivían en España, dejaron de convivir, aunque sin que mediara ninguna separación, divorcio o anulación matrimonial.
Dos años después, el ahora condenado era padre de un niño con otra mujer vecina de Logroño. En el Registro Civil de la capital, inscribieron al niño y declararon que el padre estaba casado y la madre, soltera.
Sin embargo, un año después, ambos contrajeron matrimonio en la parroquia de El Salvador, en Yagüe. Según la certificación eclesial de la partida de matrimonio, ambos alegaban ser solteros.
El 'culebrón' continúa cuando, en febrero del 2006, la primera mujer del acusado interpuso en los juzgados de la capital una demanda de divorcio. En ese momento, la realidad estallaba. Al comprobar su expediente, se descubrió la situación real del hombre y su anterior matrimonio celebrado en Bolivia y que aún se encontraba vigente.
Por esta razón, el magistrado encargado de la causa de divorcio remitió el caso a un Juzgado de Instrucción «por la posible comisión de delito de falsedad en documento público y de bigamia».
La condena recoge que el acusado «conocía que estaba legalmente casado en Bolivia» y que «el matrimonio anterior subsistía legalmente» cuando acudió a la parroquia del barrio logroñés, donde asistió a varias reuniones de preparación del matrimonio. En estas citas, se indica que ambos llegaron a conocer «los efectos civiles del matrimonio canónico contraído en España».
Así, la historia de este hombre se cierra con la condena a seis meses de cárcel, aunque como no cuenta con antecedentes penales, no deberá ingresar en prisión por el delito de bigamia.
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