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Teri Sáenz
Lunes, 20 de marzo 2017, 11:05
Francisco Ocón ha presentado ante la Justicia riojana una denuncia contra Pedro Sanz, su mujer y los responsables de las dos empresas (Foralia y Batigroup) que se encargaron de la ampliación de la vivienda que el expresidente regional posee en Villamediana por un presunto delito ... contra la ordenación del territorio.
u26 de julio del 2006. El PSOE reclama al PP explicaciones por la conversión de la caseta de aperos que Sanz posee en Villamediana en chalé.
u28 de enero del 2013. La oposición en bloque del Ayuntamiento villametrense solicita al entonces alcalde, Tomás Santolaya (PP), abrir una investigación sobre la finca del presidente del La Rioja.
u21 de mayo del 2013. El pleno de Villamediana aprueba el Plan General Municipal que ordenaba cinco sectores dispersos entre los cuales se incluye el que acoge la vivienda de Sanz.
uEnero del 2016. El juzgado imputa al exalcalde de la localidad por un presunto delito urbanístico.
u20 de octubre del 2006. La titular del Juzgado número 3 amplía la investigación por delito urbanístico al sector donde se emplaza el chalé de Sanz y pide que se declaren como investigados todos los concejales que en el pleno de mayo del 2013 votaron a favor del Plan General Municipal.
u2 de enero del 2017. C's da por roto el pacto de gobernabilidad en Villamediana y una moción de censura quita la Alcaldía al PP.
u25 de enero del 2017. El nuevo titular del Juzgado número 3, José Carlos Orga, revoca el auto de su antecesora que ordenaba investigar el chalé de Sanz.
u27 de enero del 2017. El Ayuntamiento de Villamediana encabezado ahora por el PSOE recurre el auto de Orga. La Fiscalía anuncia que se sumará al recurso.
En el escrito, que está pendiente de ser admitido a trámite, relata que Foralia presentó en enero del 2012 una solicitud de licencia ante el Ayuntamiento villametrense para acometer en nombre del ahora vicepresidente del Senado un cambio de tejas y cubrir cuatro metros cuadrados de terraza para evitar goteras en el chalé ubicado en una parcela de suelo no urbanizable. El secretario de Organización del PSOE censura que, pese a la protección urbanística del terreno, ni los promotores ni los constructores se habrían ajustado a la licencia concedida y a las normas urbanas. Según indica, llevaron a cabo obras de mayor envergadura y complejidad, ampliando la superficie habitable de la primera planta de la construcción y dotándola de nuevos servicios como luz o calefacción.
La denuncia sostiene que los aludidos no eran ignorantes del supuesto delito. En este punto aporta el informe emitido por el arquitecto del Consistorio en mayo del 2013 que incoa un expediente de restablecimiento de legalidad al entender que ésta había sido «puenteada», haciendo constar asimismo los «ardides» del entonces «primer funcionario» de la Administración riojana para intentar revertir la norma. Se refiere a la intervención de Sanz ante el Parlamento en la que afirmó: «A este ayuntamiento (el de Villamediana), que nunca ha tenido un plan general, que lo está elaborando ahora, pido que lo utilice para regular. ¡Y ahí estará el presidente, defendiéndome a mí y a todos los demás!».
Ocón recuerda que hasta el 2013 se aplicaron en aquella localidad las normas urbanísticas regionales (NUR) siempre que no contradijeran la Ley de Ordenación del Territorio (LOTUR). A partir de ahí, arguye que la construcción de Sanz cumple los parámetros de vivienda unifamiliar autónoma en suelo no urbanizable, lo cual está prohibido por la LOTUR al incumplir los requisitos exigidos: que no exista riesgo de formación de núcleo de población, que no se encuentre a una distancia inferior a 150 metros de otra casa y que la parcela se ajuste a las dimensiones establecidas.
El dirigente de los socialistas riojanos cree que el chalé no se ajusta a tales condiciones y el caso puede revestir por lo tanto un delito tipificado en el artículo 319.2 del Código Penal. «En el momento de realizarse las obras debieron adquirir la condición de no autorizables por encontrarse la edificación en régimen de fuera de ordenación», dice. En vista de que los hechos pudieran quedar impunes por el tiempo transcurrido -las certificaciones de final de obra son del 2 y 16 de marzo del 2013-, el denunciante conmina a que se paralice el plazo de prescripción y se estudien los hechos con mayor detenimiento, ampliables a otros implicados que puedan aparecer en la práctica de las diligencias correspondientes.
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