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La Rioja dicta el primer fallo que reconoce la retroactividad total de una cláusula suelo

La juez carga las costas al banco y le condena, además, a pagar los intereses generados por el dinero cobrado irregularmente

Carmen Nevot

Lunes, 16 de enero 2017, 20:42

La titular del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Logroño, María José Martín, ha dictado la primera sentencia de La Rioja que ordena la retroactividad de lo cobrado de más por la cláusula suelo de un contrato hipotecario. La magistrada, que ... además ordena a la entidad de crédito que se abstenga de aplicarla en un futuro y le condena a pagar los intereses legales y las costas, da cumplimiento al reciente dictamen del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que, en oposición al criterio del Supremo, falló en contra de la banca ordenando la devolución íntegra de todo abonado de más por los usuarios en estos casos.

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