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¿Aún hay tiempo para que los amnistiados tributen más?

Algunos expertos creen que hasta el 30 de junio las regularizaciones no son firmes y se podría actuar, pero el Gobierno niega esa interpretación

D. VALERA

Domingo, 25 de junio 2017, 00:42

Madrid. «En virtud del principio de seguridad jurídica, la decisión del Tribunal no afectará a las regularizaciones tributarias firmes que se realizaron al amparo de la norma anulada». Esta parte de la sentencia del Tribunal Constitucional sobre los efectos de la anulación de la amnistía fiscal de 2012 ha dado lugar a varias y contradictorias interpretaciones sobre el impacto que puede tener en los defraudadores que se acogieron a la medida. ¿Hay alguna forma de hacerles pagar algo más de lo que hicieron?

Según el Gobierno la sentencia no cambia la situación. Los amnistiados pagaron por lo que les correspondía según la declaración tributaria especial. Asimismo, insisten en que eso no impide que se les pueda investigar si el origen de las rentas afloradas es «ilícito» y recuerda que casi 4.000 contribuyentes que se acogieron han sido inspeccionados y se les reclama 279 millones.

Sin embargo, algunos expertos consideran que la sentencia del Constitucional abre la puerta a que los amnistiados puedan tributar más por esa regularización. Los partidarios de esta idea, entre los que se encuentra el expresidente de la Organización de Inspectores de Hacienda (IHE), Ransés Pérez, creen que hasta el 30 de junio habría tiempo para exigirles pagar por las plusvalías de su incremento patrimonial. Estiman que los bienes aflorados en la amnistía de 2012 tuvieron que incorporarse en la declaración de Renta de 2013 como incremento de patrimonio no justificado. Teniendo en cuenta que la prescripción cumple a los cuatro años, habría de plazo hasta finales de este mes para reclamar esa tributación.

Sin embargo, el secretario general del Sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha), José María Mollinedo, considera errónea esta interpretación y recuerda que el patrimonio por el que tuvieron que tributar en la amnistía abarcaba sólo los cuatro años anteriores a la misma y, por tanto, ya habría prescrito.

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