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REGIÓN

La Consejería admite ahora también las objeciones contra EpC por vía administrativa

Educación les eximirá de la asignatura a expensas de lo que dicten los tribunales. Los interesados deben renovar la solicitud

E. SÁENZ

Viernes, 25 de julio 2008, 11:17

La Consejería de Educación ha modificado su posición inicial de que sólo las objeciones contra Educación para la Ciudadanía cursadas por vía judicial estarán exentas de cursar la asignatura y admite ahora también las presentadas por vía administrativa. En este último caso, el Gobierno regional matiza que la decisión final dependerá del pronunciamiento definitivo del tribunal correspondiente sobre la cuestión. Hasta entonces, los que muestren su disconformidad con EpC quedarán eximidos de asistir a esas clases y ser evaluados. El departamento dirigido por Luis Alegre justifica esta decisión a la vista de las recientes sentencias del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJR) que dan la razón a las familias objetoras, y después de escuchar la opinión de los colectivos de padres afectados. El propio Pedro Sanz recordó ayer que el Ejecutivo no se había mostrado competente al respecto y, tras las sentencias reconociendo del derecho de los padres, se ha optado por buscar una fórmula adecuada recordando a los padres el compromiso en función de cómo se pronuncie finalmente el Supremo. Concapa-Rioja ha mostrado su satisfacción por esta medida que, a su juicio, recoge sus tesis «sin obligar a las familias a acudir a los tribunales en amparo de sus derechos fundamentales más básicos».

A efectos prácticos, la medida implica que los padres contrarios a la asignatura en cuestión deberán presentar en las dependencias de la Consejería de Educación una nueva solicitud de objeción de conciencia. En ella, los interesados asumirán de manera formal las posibles consecuencias que puedan derivarse de sentencias desfavorables. De acuerdo a los datos aportados la pasada semana, había abiertos por vía administrativa 142 expedientes de 70 familias. 20 habían presentado recursos de reposición y otros 24 recursos contencioso-administrativos en la vía judicial. Constan además 8 autos y la primera sentencia del TSJR que ampara a unos objetores.

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